Términos y Condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA RECAUDACIÓN DE FONDOS

“MEMORIA DE UN TRAVESTICIDIO”

1) OBJETO Y DESTINO DE LA DONACIÓN.

Conforme al Artículo 1430 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), toda donación efectuada bajo el presente instrumento constituye un acto de liberalidad, aceptado expresamente por los donatarios: GONZALO ABELARDO LLANES (DNI 22.796.043), MARÍA EMILIA ABATE CANO (DNI 28.893.094), MANUEL ALEJANDRO ALONSO (DNI 21.378.929), MARÍA CAMILA MENÉNDEZ (DNI 28.511.320) y MARIANO DONOSO (DNI 24.091.164) (en adelante, “LA PRODUCCIÓN”). Los fondos serán destinados exclusivamente a la financiación de la producción, difusión y comercialización de la obra audiovisual cuyo título provisorio es “MEMORIA DE UN TRAVESTICIDIO” (en adelante, “LA OBRA”), en cumplimiento del principio de afectación específica (Artículo 1431, CCCN).

2) USO DE FONDOS EXCEDENTES.

De recaudarse montos superiores a los requeridos para el fin establecido en la Cláusula Primera, los excedentes serán afectados a un fondo de apoyo para la comunidad LGBTIQ+, administrado por LA PRODUCCIÓN, quien podrá derivarlos a una institución sin fines de lucro con idéntico objeto social, conforme al mecanismo de sustitución previsto en el Artículo 1437, CCCN.

3) DERECHOS DE LOS DONANTES.

1) Sólo podrán ser donantes los mayores de 18 años o menores con plena capacidad
legal.

2) Ausencia de contraprestación: Las donaciones no generan derecho a retribución
económica, comercial o participativa (Artículo 1430, CCCN), ni les otorga ningún
derecho de Propiedad Intelectual sobre la Obra.

3) Cargos asociados: En virtud del Artículo 1433, CCCN, se establecen los siguientes
cargos lícitos:

  • Inclusión del nombre del donante en los créditos de LA OBRA bajo la leyenda: “Esta película se pudo hacer gracias al aporte de [nombre del donante]”.
  • Derecho a recibir información sobre los avances del proyecto mediante medios
    digitales (ej: grupo de WhatsApp).
  • Participación en eventos de opinión, celebración de fin de rodaje y estreno
    exclusivo, sin costo para la PRODUCCIÓN.

4) TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS.

LA PRODUCCIÓN se obliga a:

  • Garantizar transparencia en el uso de los fondos (Artículo 4°, Ley 24.240 de Defensa del Consumidor).
  • Presentar rendición de cuentas detallada al finalizar cada etapa del proyecto, en
    cumplimiento del deber de información (Artículo 10, Ley 24.240).

5) CANAL DE RECAUDACIÓN.

Las donaciones se receptarán únicamente mediante:

  • Cuenta oficial de Mercado Pago y/o cuenta bancaria:
    Banco Ciudad
    Cuenta:CA $ 000405200056068481
    CBU: 0290052010000560684811
    Alias Docu.Memoria
    Titular: MARIA EMILIA ABATE CANO
    CUIT/CUIL Titular: 27-28893094-0
    Mercado Pago
    CVU MP: 0000003100007719884808
    Alias: docu.memoria.mp
    Titualar: Gonzalo Llanes
  • Enlace electrónico: https://memoriadeuntravesticidio.com.ar/suma-tu-aporte/ 

LA PRODUCTORA podrá indicar otra cuenta y/o modalidad para hacer las donaciones, que estará sujeta a estos mismos Términos y Condiciones.

6) ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES.

Al efectuar la donación, el donante:

  • Declara haber leído y aceptado íntegramente los presentes términos y condiciones (Artículo 965, CCCN).
  • Presta consentimiento informado para el tratamiento de sus datos (Artículo 5, Ley 25.326).

7) PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES,

LA PRODUCCIÓN actúa como responsable del tratamiento de datos, comprometiéndose a:

  • Cumplir con la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y su Decreto
    Reglamentario 1558/2001.
  • Implementar medidas de seguridad (Artículo 9, Ley 25.326).
  • Abstenerse de ceder datos a terceros sin consentimiento expreso (Artículo 11, Ley
    25.326).
  • Los donantes podrán ejercer derechos de acceso, rectificación y supresión de datos ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (Artículo 16, Ley 25.326).

8) FUERZA MAYOR

LA PRODUCCIÓN no será responsable por incumplimientos derivados de eventos imprevisibles e irresistibles (epidemias, desastres naturales, restricciones gubernamentales) (Art. 1730 CCCN).

9) MODIFICACIONES Y NULIDADES

LA PRODUCTORA podrá introducir cambios unilaterales en los presentes TyC siempre  que no altere la esencia de su objeto. Dichos cambios entrarán en vigor a los 5 días de su publicación mediante el canal de difusión de novedades que LA PRODUCTORA utilice habitualmente.

La invalidez actual o sobreviniente de una cláusula no afectará la validez del resto del documento (Art. 389 CCCN).

10) JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Este instrumento se rige por el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, y la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales. Cualquier controversia derivada del presente contrato se regirá por la ley argentina y se someterá a los tribunales competentes de la Ciudad de Mendoza (Artículo 2605, CCCN).

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